20080725

27 preguntas sobre bioética y derecho que todo mexicano debería poder responder




1. ¿Qué es la bioética? ¿Qué es el biopoder?

El término bioética fue acuñado por el oncólogo estadounidense Van Rensselaer Potter en 1970 en un artículo titulado "Bioética: la ciencia de la supervivencia"'. La bioética es la reflexión filosófica acerca de los límites y condiciones en que debe ejercerse la medicina y la ingeniería biológica. La noción de biopoder, por su parte, la debemos a Michel Foucault. Junto a los mecanismos de encierro propios a nuestras sociedades disciplinarias (manicomios, cárceles, hospitales, escuelas, fábricas), coexiste otra forma de poder, el poder sobre la vida que administra la salud, la sexualidad, la natalidad y el sistema de producción de alimentos. Como vivimos cada vez más en la era del biopoder, se requiere profundizar cada vez más la reflexión bioética.

2. Algunos principios fundamentales contemplados en la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO de 2005

Dicha declaración reconoce que la diversidad cultural, fuente de intercambios, es necesaria para la especie humana y, en este sentido, constituye un principio básico por ser considerada patrimonio común de la humanidad. Asimismo, se reconoce que la identidad de una persona comprende dimensiones biológicas, psicológicas, sociales, culturales e incluso espirituales como otro principio fundamental a respetar. En este sentido, la salud, como uno de los objetivos de la Declaración, no depende únicamente de los progresos de la investigación científica y tecnológica, sino también de factores psicosociales y culturales. Un clón, por ejemplo, nunca será idéntico a su progenitor, porque desde el punto de vista psicológico, social, cultural y espíritual, diferirá de éste, aunque sea idéntico a él desde el punto de vista biológico.

3. ¿De dónde se obtienen las células madre o células troncales, y cual es su relación con la Declaración Universal del Genoma Humano de 1997?

Estas células se obtienen de dos maneras, una de ellas es por medio de órganos de personas ya nacidas; por ejemplo el cordón umbilical del recién nacido, la medula ósea, la placenta, entre otras. La otra forma, es obtener las células madre de embriones humanos, y para esto es necesario hacer una fecundación de un óvulo por un espermatozoide fuera del útero, es decir, por medios artificiales. Después de haber obtenido las células del embrión será necesario destruirlo, es por ello que la investigación sobre células troncales o células madres obtenidas de embriones está inmerso en un debate científico, con implicaciones jurídicas y éticas de enormes proporciones. Por la preocupación de la comunidad internacional, la Organización de las Naciones Unidas decidió establecer criterios que regulen la investigación, y utilización del genoma humano pues es a partir de ahí que se pueden obtener embriones y las células madre o troncales.

4. ¿Qué son los bioenergéticos según la Ley mexicana de promoción y desarrollo de los bioenergéticos (PPDB)? ¿Por qué son objeto de debate?

Artículo 2, fracción II LPDB: "Son los combustibles obtenidos de la biomasa provenientes de materia orgánica de las actividades, agrícola, pecuaria, silvícola, acuacultura, algacultura, residuos de la pesca, domesticas, comerciales, industriales, de microorganismos, y de enzimas, así como sus derivados, producidos, por procesos tecnológicos sustentables que cumplan con las especificaciones y normas de calidad establecidas por la autoridad competente en los términos de esta Ley."


Buena parte del calentamiento global es atribuido al uso indiscriminado de combustibles fósiles (como el petróleo y el carbón). Por ello, algunos consideran que los biocombustibles son una alternativa, pues son más limpios (general menos gases de efecto invernadero); el problema es que, para producirlos, se suelen emplear tierras y cultivos necesarios para la alimentación humana.

5. ¿Quiénes conforman la Comisión Intersecretarial de Bioenegéticos en México?

Art. 8 LPDB. Los titulares de la Secretaría de Energía (SENER), de la Secretaría de Economía, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA)

6. ¿Qué se requiere para que la SAGARPA otorgue permisos previos para la producción de energéticos a partir del grano de maíz en sus diversas modalidades?

Artículo 11, fracción VIII LPDB. Los permisos previos se otorgarán solamente cuando existan inventarios excedentes de producción interna de maíz para satisfacer el consumo nacional. Este fracción pretende evitar que la producción de bioenergéticos contribuya a la carencia de alimentos en México. Está prohibido producir bioenergéticos con maíz o soya, en México, mientras tengamos que importar estos granos.

7. ¿Por qué necesitamos urgentemente otra revolución verde como la que surgió en la década de los 60?

Requerimos otra revolución verde debido a que los precios de las mercancías agrícolas han aumentado y el mundo consume más debido a la expansión de la población. El problema es que la primera revolución verde fue muy nociva para el ambiente. ¿Necesitamos entonces una nueva revolución agrícola-industrial de carácter tecnológico o una revolución societal que nos permita aceptar estilos de vida sostenibles? Mi opinión es que necesitamos ambas, de manera urgente.

8. ¿Qué problemas dificultan el surgimiento de una segunda revolución verde?

Los problemas son que no existe una disponibilidad de energía barata y accesible para cada parte de la cadena productiva, ni fertilizantes y pesticidas baratos, a consecuencia del encarecimiento del petróleo y de las reglas de propiedad intelectual en la agro-industria, así como de la escasez de agua en el planeta debido al crecimiento de ciudades y operaciones industriales. La oposición contra los OGM, por las consecuencias ambientales negativas que éstos representan, también dificulta el surgimiento de la nueva revolución verde.
9. ¿Qué es un organismo genéticamente modificado?
Es un organismo vivo cuyo material genético ha sido alterado mediante técnicas de ingeniería genética.

10. ¿Qué información debe contener, en México, el permiso para la liberación comercial al ambiente de OGMs de acuerdo con la Ley de bioseguridad de organismos genéticamente modificados?

- Los permisos para la liberación experimental y de programa piloto;
- Reportes de resultados de la liberación experimental y liberación en programa piloto;
- Las condiciones que se tengan para la liberación y la comercialización;
- Consideraciones sobre los riesgos y alternativas con las que se cuente para luchar con el problema para el OGM que se libere;
- Que, en caso de ser importado, el OGM esté permitido en el país de origen.

11. ¿Qué es la evaluación del riesgo de organismos genéticamente modificados (OGM) y cuáles son las etapas básicas de esta evaluación?

Es el proceso por el cual se analizan caso por caso, con base en estudios fundamentalmente científicos y técnicos que deberán elaborar los interesados, los posibles riesgos o efectos que puede ocasionar la liberación de OGMs al ambiente y diversidad biológica.

Sus etapas son:
- Identificación de características nuevas
- Evaluación de que realmente pueda haber riesgo
- La evaluación de las consecuencias si posibles riesgos ocurrieran
- La estimación del posible riesgo global que represente el OGM
- La recomendación sobre si los posibles riesgos son aceptables o manejables

12. ¿Cuáles son los criterios para determinar los centros de origen y de diversidad biológica en México que deben ser protegidos del cultivo de OGM?

Los centros de diversidad genética son las regiones que actualmente albergan poblaciones de los parientes silvestres de los OGM, incluyendo diferentes razas o variedades de los mismos, las cuales constituyen una reserva genética del material y, en el caso de cultivos, las regiones geográficas en donde el organismo de que se trate fue domesticado, siempre y cuando estas regiones sean centros de diversidad genética. En ellos, no deben cultivarse OGM. Por ejemplo, si se cultivara maíz transgénico en Oaxaca, Guerrero o Jalisco, el maíz criollo y el teocinte correrían el riesgo de ser contaminados.

13. ¿En qué consiste el principio de precaución presente en la ley mexicana de bioseguridad de organismos genéticamente modificados?

Dicha ley menciona que con el fin de proteger el medio ambiente, el Estado Mexicano deberá aplicar el enfoque de precaución: cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente y de la diversidad biológica. Dichas medidas se adoptarán de conformidad con las previsiones y los procedimientos administrativos establecidos en la ley.

14. ¿Cuál es el requisito indispensable que obliga a las empresas al etiquetado de productos que contengan OGMs?

El artículo 101 de la Ley de bioseguridad de organismos genéticamente modificados señala que se está obligado a etiquetar las mercancías en aquellos casos en que las características de éstas sean significativamente diferentes respecto de los productos convencionales. Esta norma contradice el principio de precaución que no exige que se conozcan las consecuencias negativas de un OGM, sino sólo que se adopten medidas prudenciales ¿cómo hacerlo si no se informa a los consumidores que un producto está elaborado con OGM? Así, México copió el principio de la supuesta "equivalencia sustancial" vigente en Estados Unidos, criterio que absurdamente no considera como diferencias sustanciales entre una variedad natural y un OGM que el segundo contenga genes provenientes de otras especies, que expida fluidos contra los depredadores naturales, que sea artificialmente resistente al herbicida de la marca que lo creó.

15. ¿De qué forma se protege en la Declaración de Helsinki de la Asociación Médica Mundial (1964) la integridad de los pacientes participantes en una investigación médica?

Deben tomarse en cuenta toda clase de precauciones para resguardar la intimidad de los individuos, la confidencialidad de la información del paciente y reducir al mínimo las consecuencias negativas de la investigación sobre su integridad física y mental, y sobre su personalidad.

16. ¿Qué es el efecto placebo y por qué el uso de este tratamiento no va en contra de la ética médica?

Se llama efecto placebo al fenómeno por el cual los síntomas de un paciente pueden mejorar con un "falso" tratamiento, aparentemente porque el enfermo espera o cree que funcionará. En medicina, el efecto placebo suele tener su utilidad en el diagnóstico de ciertos procesos psíquicos o psicosomáticos.

Un placebo puede ser definido como una intervención diseñada para simular una terapia médica, la cual no tiene un efecto específico para la condición que está siendo aplicada. Vale decir, corresponde a un procedimiento o intervención que no tiene un efecto fisiológico ni bioquímico sobre la enfermedad o condición en estudio.

En la Declaración de Helsinki se permite el uso de placebos en tratamientos controlados con pacientes bajo ciertas condiciones:

"Principio 28. El médico puede combinar la investigación médica con la atención médica, sólo en la medida en que tal investigación acredite un justificado valor potencial preventivo, diagnóstico o terapéutico."

17. ¿Qué papel juega el consentimiento del paciente para que se le someta a tratamiento e investigación médica?

"Principio 32 de la Declaración de Helsinki. Cuando en la atención de un enfermo los métodos preventivos, diagnósticos o terapéuticos probados han resultado ineficaces o no existen, el médico, con el consentimiento informado del paciente, puede permitirse usar procedimientos preventivos, diagnósticos y terapéuticos nuevos o no comprobados, si, a su juicio, ello da alguna esperanza de salvar la vida, restituir la salud o aliviar el sufrimiento. Siempre que sea posible, tales medidas deben ser investigadas a fin de evaluar su seguridad y eficacia."

18.- ¿Cuáles son las principales leyes y reglamentos que regulan la responsabilidad del médico en México?

-Ley general de profesiones
-Ley general de salud
-Decreto de creación de la CONAMED
-Reglamento interior de la CONAMED
-Reglamento de procedimientos.

19.- Principales tipos de responsabilidad en los que puede incurrir el médico por el ejercicio de su profesión.

-Responsabilidad civil;
-Responsabilidad penal.

20.- Menciona los principales delitos en los que puede incurrir el médico como profesional:

-Usurpación de funciones públicas o de profesión y uso indebido de condecoraciones, uniformes, grados, divisas, insignias y siglas.
-Delitos en materia de inhumaciones y exhumaciones
-Delitos contra la vida y la integridad corporal
-Lesiones
-Homicidio
-Aborto
-Abandono de personas
-Encubrimiento y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

21.- ¿Cuál es el objetivo de la CONAMED en México?

Contribuir a resolver los conflictos suscitados entre los usuarios de los servicios médicos y los prestadores de dichos servicios.

22.- ¿A quienes se les considera prestadores de servicios médicos?

-A las instituciones de salud de carácter publico, privado o social;
-A los profesionales, técnicos y auxiliares que ejerzan libremente cualquier actividad relacionada con la práctica médica.

23.- ¿A quienes se les consideran usuarios de servicios médicos?

Son las personas que solicitan, requieren y obtienen dicho servicio de los prestadores de servicios médicos para proteger, promover y restaurar su salud física o mental.

24.- La Ley general de salud señala que para la donación en materia de órganos, tejidos, células y cadáveres se necesita consentimiento del disponente. ¿Qué tipos de consentimiento contempla la ley y cuándo o cómo aplican?

Para que haya donación de órganos se requiere consentimiento expreso o tácito. El primero, consta por escrito y podrá ser amplio cuando se refiere a la disposición total del cuerpo o limitado, cuando sólo se otorgue con respecto de determinados componentes. Se necesita consentimiento expreso para la donación de órganos en vida y para la donación de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras hematopoyéticas. El consentimiento tácito es aquel que se da cuando el donante no haya expresado su negativa a que su cuerpo o componentes sean utilizados en trasplante. Este procederá siempre y cuando haya consentimiento de alguno de sus allegados personales, como su cónyuge o concubino, ascendientes, descendientes, etc. Este consentimiento solo aplica para la donación de órganos y tejidos cuando se haya comprobado la pérdida de la vida en el disponente originario.

25.- ¿Qué aspectos se deben tomar en cuenta en México para la asignación de órganos humanos para transplante?

Para la asignación de órganos y tejidos de donador no vivo, se tomará en cuenta la gravedad del receptor, la oportunidad del trasplante, los beneficios esperados, la compatibilidad con el receptor y los demás criterios médicos aceptados.
Cuando no exista urgencia o razón médica para asignar preferentemente un órgano o tejido, ésta se sujetará estrictamente a listas que se integrarán con los datos de los mexicanos en espera, y que estarán a cargo del Centro Nacional de Trasplantes.

26.- ¿Qué aspectos quedan prohibidos en materia de trasplantes de órganos y tejidos? ¿En el caso de incapaces y de menores puede existir donación?

Respuesta: queda prohibido:
- El trasplante de gónadas, El uso de tejidos embrionarios o fetales producto de abortos inducidos.
- Se prohíbe el comercio de órganos o tejidos desprendidos o seccionados por intervención quirúrgica, accidente o hecho ilícito.
-El trasplante de un órgano único no regenerable, por parte de un donante vivo.
Los menores e incapaces no pueden donar, de acuerdo con lo que dispone el artículo 332 de la ley general de salud.
-No se podrán tomar órganos y tejidos para trasplantes de menores de edad vivos, excepto cuando se trate de trasplantes de médula ósea, para lo cual se requerirá el consentimiento expreso de su representante legal, tratándose de menores sin vida de igual manera, se necesitara consentimiento de su representante para poder hacer uso de sus órganos.
-En el caso de incapaces y otras personas sujetas a interdicción no podrá disponerse de sus componentes, ni en vida ni después de su muerte.

27.- ¿En qué casos el derecho mexicano considera que alguien ha perdido de la vida y, por lo tanto, sus órganos vitales pueden ser transplantados?

Cuando:
I. Se presente la muerte cerebral, o
II. Se presenten los siguientes signos de muerte:
a. La ausencia completa y permanente de conciencia;
b. La ausencia permanente de respiración espontánea;
c. La ausencia de los reflejos del tallo cerebral, yd. El paro cardiaco irreversible.

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