20110210

El sacrificio de Florence Cassez

Cuando escribo esto, una culpa me corroe. Si las organizaciones civiles contra la delincuencia de la Señora Wallace y del Señor Martí pidieron al tribunal que no liberara a Florence Cassez ¿por qué el mexicano que esto escribe y que cree en la probable inocencia de esa mujer no argumentó públicamente a favor de su liberación? La razón es que cuando lo intenté ante amigos y colegas, fui conminado a respetar la autonomía de los jueces y a no ejercer presión, a esperar. Fue un error mío, debí escribir aunque fuera desde este modesto blog.
Las fuentes de error en las sentencias judiciales están fuertemente asociadas a los testigos oculares. Se calcula que 60% de las condenas falsas en Estados Unidos están relacionadas con testigos de cargo que no conocían al procesado y 20% con testigos que sí conocían al procesado. Las identificaciones de supuestos acusados por parte de testigos oculares son una manera estándar y fácil de condenar a una persona. Pero aproximadamente el 4% de esas condenas en Estados Unidos son falsas y por lo menos el 3.2% de las identificaciones que hacen los testigos oculares también son falsas, según el Dr. Larry Laudan, investigador de la UNAM. Él nos ha enseñado que la identificación de desconocidos es 300% menos confiable que la identificación de personas que ya conocen al testigo. Por esa razón, Laudan concluye que en general la identificación del testigo ocular por desconocidos se presta a confusión en alrededor del 10% de los casos. Además, cuando el testigo en el momento del crimen está bajo mucho estrés (por ejemplo, porque está secuestrado) su capacidad para identificar correctamente al delincuente es menos efectiva. Que una víctima de un delito violento recuerde bien los detalles físicos de su agresor es, estadísticamente, menos probable que si no sufría estrés.
En el caso de Florence Cassez, las declaraciones de la víctima Cristina Ríos Valladares y de su hijo fueron cambiantes, lo que aumenta las probabilidades de error judicial. El juez dijo que esos cambios eran normales en personas que han sufrido un secuestro pero, hasta donde sé, no se basó en estadísticas o estudios empíricos para afirmar eso. Además, dos de las víctimas también se equivocaron al identificar una casa relacionada con los hechos delictivos (la de "Lupita").
Como profesor de epistemología y de derecho, opino que los jueces debieron aplicar el principio "in dubio pro reo", la presunción de inocencia, pues es probable que Florence Cassez sea inocente.
En este juicio ha habido un nacionalismo desbordado. Uno de los profesores colegas en mi universidad dijo que si Florence era liberada él saldría a protestar a las calles, siendo que nunca lo he visto protestar en las calles por otros motivos. Pero estoy seguro que la libertad de expresión es defendida por la Señora Wallace, el señor Martí y otros activistas que admiro y respeto. Por eso, digo lo que pienso sin conocer directamente el expediente, ni a Florence Cassez, ni a las víctimas.
La justicia es falible como todas las obras humanas, pues hay sin duda inocentes que pasan su vida en prisión y culpables que son liberados. Pero la falibilidad de la justicia no debe ser pretexto para resignarse en los casos en los que los errores judiciales pueden aún repararse.